¿Cómo se llama 'técnicamente' el acto de pagar factura por el banco?

Es decir, si quieres pagar algo por el banco ¿como lo dices? Estaría bien, por ejemplo, si le dices a un dependiente:

"¿Puedo hacer el pago domiciliado?"

Eso tengo entendido que solo si CADA MES pagas el recibo vía bancaria, pero si SOLO es UN pago??? ¿Cómo se diría? Mil gracias! Doy 5 estrellas!!!

Comments

  • ¡Guau! Efectivamente, DOMICILIAR BANCARIAMENTE un pago suele emplearse cuando se trata de pagos periódicos. Esto es: cuando lo que hacemos es establecer un "domicilio" que es una cuenta bancaria a la que nuestro acreedor puede dirigirse para que le paguen.

    Cuando lo que pretendes es que se satisfaga bancariamente un pago único, puedes emplear el término "domiciliación bancaria" igualmente porque también al proveedor le estás fijando un domicilio al que recurrir para que le paguen.

    Sin embargo, puedes echar mano de otros términos en función de cómo conciertes la operación. Puedes emplear los términos "pago mediante cargo en cuenta bancaria" o pago "medienta transferencia bancaria", porque aunque a ti no te lo parezca, eso es lo que los bancos hacen entre sí. O, pero ya muy rebuscado, "pago puntual mediante cargo en cuenta bancaria".

    Buenos días y suerte. KR

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