Calumnias e Injurias?

Buenas he leido justo aca en yahoo respuestas algunas cosas que dan idea de lo que es demandar a alguien o algo por calumnias e injurias y me surge una duda, yo tengo un problema con un banco, tengo una pequeña deuda, la cosa es que lo he olvidado, pero el estudio juridico que se encarga de las cobranzas, ha salido a repartir unas cartas, intimaciones o como se llamen que dicen mi nombre y un remarcado "DEUDOR DE ALTA MOROSIDAD", cuando yo aun no me he nisiquiera informado de la situacion, lo peor es que me lo mando a mi casa, me lo mando a casa de mi abuela y me lo mandaron al trabajo (esto ultimo me trajo algunos problemas, imaginence que entra un tipo del correo buscandome y yo no estoy y deja una carta con este TITULO que de entrada incomoda, y lo lee mi jefe, etc) la cosa es, si yo tengo una deuda asi sea de dos pesos, es justo que esta empresa halla salido a repartir panfletos con el tema si aun no me he informado siquiera, esto es Calumnias e Injurias??? Gracias

Comments

  • Martin_v antes que todo desglosemos las palabras calumnias e injurias que han traido mala interpretacion.La calumnia consiste en la imputación falsa a una persona de la comisión de un hecho (delito), a sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es el que lo cometió. por ejemplo decirte ladron (vulgar el ejemplo pero quiero que lo tengas en claro). Injurias es un delito contra el honor o la buena fama, contemplado en algunas legislaciones por ejemplo que te digan put..o negro etc etc

    En el caso que mencionas no daria a lugar tu pedido ya que el banco lo que ha hecho es cobrarte algo que tu debes. Sé que es engorroso encontrarse con este tipo de titulos en la carta, es más el fin es ese , pero no comete algun delito por colocarlo. Ahora bien como todo delito , si existiere, tiene que existir un DAÑO (patrimonial (daño emergente y lucro cesante) y puede, como que no, existir junto con el daño moral; por lo general en este tipo de delitos como la calumnia e injuria los dos vienen de la mano. Que quiero decirte con esto, es que por ejemplo en tu caso, llega la carta a tu trabajo al recibirla alli, tu empleador te echa ya que no le das seguridad entonces allí si, existe un daño, patrimonial (precisamente tu lucro cesante (la ganancia que fuiste privado) y el daño moral (la lesión a los sentimientos, al honor o a las afecciones ilegítimas) por el hecho que mencionamos a tenido como resultado con respecto a tu trabajo, alli si podras accionar penalmente por el delito de calumnias e injurias.

    No se si me logre explicar bien, soy abogado, y es un tema muy cuestionado lo que planteaste y mucha gente "cree" que es facil imputar ese delito, pero a veces se olvidan de que debe existir un daño y que tiene que tener ciertas condiciones para que se pueda accionar por este delito.

    Por ejemplo aca en Argentina existe el famoso "decremer" que es una entidad que reciben a todos los morosos (financieros por supuesto, tarjeta de credito, deuda a un negocio etc) y cuando uno abono ya la suma adeudada, permanece alli casi dos meses, y eso tiene un puntaje (riego bajo, medio y alto) al ir a un banco y pedir un credito y estas en esta empresa como deudor moroso, no te lo otorga y resulta que ya estaba abonada la deuda (es un caso que tuve con una persona que necesitaba el credito urgente por una persona enferma) y se tuvo que accionar, para que se corrigiera este pedido, por medio de un Habeas data..

    Bueno no me explayo mas, espero que me haya hecho entender, si no fue asi comunicate conmigo y charlamos, cuidate y exitos.

  • no se trata de calumnias e injurias porque lo reclamado es real. Si se puede dar una confrontacion de derechos constitucionales por un lado tu derecho a la intimidad y por el lado del banco el derecho a la libertad de prensa. Esto lo regula el poder de policia y es un poco complicado demandar por ello

  • Si tu mismo recones que tienes la deuda con esta entidad bancaria, no creo que hayan cometido ningún delito de injurias, por ser verdadero que tienes dicha deuda, ahora lo que si se les puede recrimar es su forma en que ha obrado hacia tu persona, pues aparte de que tu tampoco has dado ningún paso para liquidarla, ellos no tenían que haberlo hecho de semejante forma.

  • Por supuesto que DEBES pagar lo que adeudas. Es tu obligación.

    Pero...

    El acreedor NO TIENE derecho a utilizar esta metodología para cobrarte. Lo puedes demandar y con justa razón.

    Con seguridad cualquier abogado te dirá que debes intimarlo, por carta documento, a terminar inmediatamente con ésta práctica sin perjuicio de que le inicies la demanda correspondiente porque el hecho de que tengas una deuda no le da derecho al acreedor a hacerla pública y denigrarte para presionarte a pagarla. Esa práctica no la va a avalar ningún juez.

    Consulta con un abogado. El Ministerio Público te lo provee gratuitamente si no lo puedes pagar.

    Puedes, también, recurrir a Defensa Del Consumidor en donde te harán conocer tus derechos. Aquí te dejo un Nº gratuito:

    0800-555-3332

    Llámalos y te dirán la dirección y teléfono del defensor más cercano a tu domicilio.

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  • no, es la praxis.

    paga y no vuelvas a olvidar de pagar lo que debes.

    si hay alguien con quien debes estar enfadado , ese eres tu mismo!

  • habla con ellos y diles que la deuda la vas a pagar y se encarguen de suprimir ya esa divulgacion sino los demandaras por un importe superior a lo que tu adeudas,pero vete con cuidado,potr que si un banco lo hace sera por que sus abogados lo habran respaldado en alguna ley,por las dudas leete el contrato que tengas con ellos, en el apartado de proteccion de datos.

    Suerte

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