Si bien el régimen intermedio es una opción, quisiera comentarte ciertas desventajas que tiene:
Este régimen antes de responder a autoridades Federales, lo hace a Estatales, es decir, tienes que pagar el 5% de tu base gravable (ingresos del periodo - deducciones personales) y lo que te resulte este 5% lo restas al calculo que te de conforme las tarifas del articulo 113.
Por lo que tendrás que presentar declaración ante el SAT y ante tesorería Estatal.
Por lo que te recomiendo Actividad Empresarial pero en régimen general de Ley.
En cuanto a la contabilidad, si solo tienes 1 actividad la puedes llevar de manera simplificada.
Es este régimen, los activos no los podrás deducir directamente pero si mediante a a la depreciación, aunque también dependerá del monto de los mismos, pues quizá los de un costo relativamente no tan alto, lo puedes deducir directamente, pero eso será criterio de tu Contador.
si remodelas casas entiendo que estas en una actividad empresarial y que requieres dar facturas, si ese es el caso entonces podrias estar en el regimen intermedio, que es para ingresos desde un peso hasta 4 millones, en este regimen no requieres llevar contabilidad, simplemente una contabilidad simplificada, ademas tienes oportunidad de deducir de forma inmediata activos fijos.
Comments
Hola!
Si bien el régimen intermedio es una opción, quisiera comentarte ciertas desventajas que tiene:
Este régimen antes de responder a autoridades Federales, lo hace a Estatales, es decir, tienes que pagar el 5% de tu base gravable (ingresos del periodo - deducciones personales) y lo que te resulte este 5% lo restas al calculo que te de conforme las tarifas del articulo 113.
Por lo que tendrás que presentar declaración ante el SAT y ante tesorería Estatal.
Por lo que te recomiendo Actividad Empresarial pero en régimen general de Ley.
En cuanto a la contabilidad, si solo tienes 1 actividad la puedes llevar de manera simplificada.
Es este régimen, los activos no los podrás deducir directamente pero si mediante a a la depreciación, aunque también dependerá del monto de los mismos, pues quizá los de un costo relativamente no tan alto, lo puedes deducir directamente, pero eso será criterio de tu Contador.
Espero haberte ayudado.
Saludos!
Hola
si remodelas casas entiendo que estas en una actividad empresarial y que requieres dar facturas, si ese es el caso entonces podrias estar en el regimen intermedio, que es para ingresos desde un peso hasta 4 millones, en este regimen no requieres llevar contabilidad, simplemente una contabilidad simplificada, ademas tienes oportunidad de deducir de forma inmediata activos fijos.
saludos
[email protected]