Necesito asesoria sobre abandono de hogar y demanda de alimentos?

Hola, este es mi problema, mi esposa se fue de la casa con mis 3 hijos, siempre vivimos en union libre la primer semana de haberse ido yo le di para los alimentos de mis hijos, la segunda me dijo que me demandaria para que le diera mas y que no me dejara ver a mis hijos hasta que se haga la demanda y el juez diga cuando me tocara verlos, tengo muchas deudas y no puedo darle lo que ella me pide, gano 1000 por semana y mis gastos semanales son de 600 solo podria darle 400 pero entonces yo me quedaria sin nada para mis gastos personales, que puedo hacer ella no quiere trabajar quiere que la mantenga, vive en casa de sus padres, a que tengo derecho yo debido a que ella se fue, tengo que mantenerla solo por que no quiere trabajar? cuanto les toca a mis hijos? y que hago con mis deudas? y que hago para que me deje ver a mis hijos cuando yo quiera ya que no quiere que los vea hasta que ella quiera y no cuando yo pueda, ya que los dias que ella decide y en esas horas yo trabajo.

Comments

  • Hola...

    ...íjole... como futoro abogado, te asesoraré un poco:

    Tus hijos tiene derecho a la pensión alimenticia y si teme "atontas" hasta la que fue tu

    "señora" (o sea, tu vieja)... ¿a poco crees que con $400 van a vivir 3 niños: comer, vestido, escuelas, medicinas, alojamiento, etc...? Es obvio que te si el abogado de tu ex-vieja pide "medida cautelar de pensión alimenticia" le vas a dar gracias a Dios si nada más te quitan el 60% (que le tocaria 20% a cada uno de tus hijos)...

    No hay pocentaje establecido en la ley para saber cuanto le debe tocar a tus hijos... eso lo negocias con el abogado de tu ex-vieja... por eso consíguete un abogado por que te pueden quitar hasta el 30% por hijo si te me "amenzas"... y "chance hasta a tu "ex" le vas a tener que seguir dando "chivo" (imagínate que injusticia: tu dandole dinero y ella quien sabe a donde y con quien andará)...

    Tus deudas las vas a tener que seguir pagando, eso "que ni que"... ahora entiendes porque muchos padres de familia en iguales circunstancias o parecidas a la tuya tienen 2 y hasta 3 trabajos... el dinero no alcanza...

    El juez debe permitir que tu veas a tus hijos, dependiendo de las medidas cautelares que pida el abogado de tu "ex"... si no pide nada de eso pidele a tu abogado que no se me !atonte" y que te "heche la mano" para que te quiten el 55% de tu sueldo y ver a tus niños el día que quiera o puedas...

    Te sugiero muchísimo 2 cosas:

    1o. Consíguete un buen abogado (te ayudaría yo, pero, todavía son estudiante... dentro de 4 ó 5 meses ya seré pasante, pero todavía me falta mucho).; y

    2o. Consíguete otro trabajo... con 1 sólo trabajo no la "vas a hacer"...

    Saludos...

    Ya cuando finalice el juicio

  • Esto es lo debes hacer para que te evites problemas legales con tu concubina: abre una cuenta de debito en cualquier banco, la ventaja ahora es que lo que depositas lo puedes retirar en una hora, asi nadams dejas lo de la semana, tu obligacion es darle una pension a los hijos, no a ella, asi que la cantidad que tu decidas debe andar por el 30 o 35% de lo que ganas para que no te denuncie penalmente por incumplimiento en obligaciones alimentarias. Cuando tengas la tarjeta de debito con los 350 o 400 pesos, se la entregas y le dices que ahi esta lo de la semana y luego, cada semana, como si fuera religion, le vas a depositar la misma cantidad y guarda todos los recibos que te den cuando deposites, porque ese sera tu comprobante de que si estas cumpliendo con la pension para tus hijos. Cuando entregues la tarjeta dedebito a tu concubina, le dices que cuando vas a ver a los hijos y si se niega, entonces tu citala al DIF de tu localidad para que ahi se haga el convenio sobre la convivencia familiar con tus hijos, si te exigen mas dinero, diles lo que ganas y diles que no puedes dar mas, que ella trabaje, porque de acuerdo con la ley, tambien tiene la obligacion de aportar a la manutencion y no te dejes presionar, tu tienes la razon.

  • mira si fue decision de ella irse de tu lado a ella no la tienes que mantener, lo justo y de ley es que les brindes el 33 % de tus ingresos a tus hijos (hijos aclaro) y hay que tomar en cuenta que los hijos tambien son de ella y que a ella le corresponde aportar el 50%de sus gastos y necesidades,si no quiere trabajas por guevona lo va atener que hacer por que la ley te protege a ti tambien,al menos que alguno de los pequeños este enfermo o que dependa totalmente de su madre(como los niños especiales o con incapacidades fisicas)pero no te dejes saquear tambien hay mujeres abusivas tu no puedes rehacer tu vida con 600 a la semana , piensa en que tal ves puedas encontrar otra pareja.Suerte!!

  • por principio de cuentas levanta una acta de hechos por abandono para que tengas un sustento para cuando entables la demanda porque tu no la abandonaste y su hogar es el que tu le brindas sobre tus hijos el juez dictaminara cuando los puedes ver según tus horarios de descanso no cuando ella quiera.ve a los tribunales que están en niños héroes y pide una orientación completa.

  • Mira, no sé de qué país eres. Pero en todas las legislaciones se tiene en cuenta que los alimentos se pasan en una cantidad determinada siempre y cuando no afecte ni ponga en peligro la subsistencia del obligado. Si fueras peruano, te diría que la obligación de alimentos no solo es por parte del padre sino tambien por parte de la madre., pero si la esposa no trabaja el obligado solo dará lo necesario sin que afecte su subsistencia. Además los alimentos se regulan por el juez en proporcion a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo ademas a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor No te preocupes conversa con un Abogado

  • ¿Los niños tienen tu apellido? ¿Los reconociste? Si es asi, tienes derecho sobre ellos, (y obligaciones), y lo primero que tienes que hacer es demandarla por abandono de hogar. Suponiendo que ella no tiene un causal de abandono, y que ella no te alla demandado primero de algo, sea lesiones o algo parecido. Primero demandala y si no te a demandado no le des nada, asi la obligas a hacer algo, ya sea a trabajar o a mover las cosas. Si no hay una sentencia, no tienes obligacion de hacer nada ahorita, ya que ella te abandono. Saludos

  • xd busca un abogado.

  • mira no sé muy bien de leyes ya que me encuentro cursando el 2do. semestre de dicha carrera, pero te sugiero que recurras al DIF en donde te pueden asesorar gratis .......

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