¿AUXILIO… ES DESPIDO INDIRECTO?
Hola estoy llena de dudas, AUXILIO… la empresa donde trabajo se va mudar trabajamos acá en caracas se piensan mudar a los Teques porque cambio la junta directiva... mi pregunta es, puede asumir estos como un despido indirecto… ya que estoy residencia en caracas y se me va ser difícil el traslado puedo apelar a la leyes L.O.T estuve leyendo la .L.O.T. Y dentro del parámetro de despido indirecto vi. Esto estoy errada… AUXILIOOO
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Si la empresa se traslada de una ciudad a otra ciudad y te ofrece el puesto de trabajo en su nuevo asentamiento lo deberás de aceptar o bien dejar el trabajo, pero no lograrás nunca un despido improcedente como según leo tu pregunta es lo que estás buscando, pues eres tu quien renuncia al puesto de trabajo
pues no, no se puede considerar eso. pero tu esposo puede demandar l. a. rescicion del contrato, consiguete un buen abogado y veras el buen dinero que le quitan a l. a. empresa, y claro esta, incluyendo esos dos meses de sueldo.
si, se puede configurar un despido indirecto por ius variandi. (ejercicio abusivo de ius variandi, o cambio en las condiciones de contratacion).
Responder lo contrario, es no conocer nada de derecho laboral!!!.
la empresa se puede mudar, pero debe pagarte el mayor tiempo de viaje como hora suplementaria, y los viaticos (minimo). debe avisar con anticiapcion, y ver cuales son las necesidades de cada empleado, (y aun pagando el empleador todo esto, se podria configurar este instituto legal)
el procedimiento es enviar carta documento, avisando que se ve violado el ius variandi. y que si no se da una solucion, se configurara el despido indirecto.
debe causar un perjuicio al trabajador (mayor tiempo de viaje, que quita tiempo libre, con la familia, escuela de los hijos, cuidado de familiar, estudio, otros trabajos, actividad, etc ; dificultad de acceso, viaje por otras zonas peligrosas, etc, falta de medios de transporte etc ) moral o economico (mayor plata en viaticos; menos sueldo; igual sueldo para un trabajo mas lejos, con mas tiempo de viaje=mas horas de trabajo etc).
cualquiera de estas causas son validas. con una sola, que vea afectada el trabajador puede reclamar. (y cobrar la indeminizacion por despido).
la ignorancia de los trabajadores, hace que las empresas se muden negando que el trabajador tenga derecho a compensaciones. saben que ellos no van a ir a un abogado, ignoran las leyes, y que pueden ser explotados sin que estos se den cuenta!
si el empleador consigue (gracias a la ignorancia de los trabjadores) la aceptacion del cambio, o el consentimiento, se pierde el derecho a reclamar.
el ius variandi existe! no pueden modificar el lugar de trabajo!!! lo dice la ley. y la jurisprudencia se expresa constantemente en favor del trabajador,
entonces, la respuesta es la mudanza de una empresa, configura un despido indirecto? si!!!, lo configura siempre que cause perjuicio moral o economico al trabajador.
suerte!
Tenes que esperar!.
De todas maneras, segun cada pais, el empleador tiene lo que se llama "Facultad de alterar las condiciones del contrato -Ius variandi- por el cual puede, siempre y cuando cumpla con los requisitos de "razonabilidad-inalterabilidad de las condicienes esenciales del contrato-indemnidad del trabajador", modificar la tarea, jornada o lugar de trabajo; En este ultimo caso debera negociar con el empleado.
si ellos te nesecitan trasladar de ciudad tendrán que darte unas mejorías tienes que dialogar con ellos si no es un hecho que despedirán aunque tendrán que pagar tus derechos